IMSS BIENESTAR, el nuevo organismo público.
Los Servicios de Salud Pública estatales, dejarán de existir como los conocemos. Todo el acceso al primer nivel de atención a no derechohabientes, estará a cargo de la nueva institución pública: Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), quien proveerá y garantizará el acceso efectivo a la atención médica y medicamentos a la población.
Se concluyó que el MAIS del Programa IMSS-BIENESTAR, cuya base es la Atención Primaria a la Salud, actualmente administrado con éxito por el IMSS, permite transformar los sistemas de salud de los estados de la República y, al mismo tiempo, avanzar en la consolidación del Sistema de Salud para el Bienestar a fin de garantizar que todas las personas sin seguridad social accedan a dicho modelo;
RESUMEN:
Con base en los convenios de coordinación que se suscriban con las entidades federativas, lo que permitirá coadyuvar en la construcción de un sistema público de salud único, en el territorio nacional. Es pertinente crear un Organismo Público Descentralizado (OPD) dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio con autonomía técnica, operativa y de gestión.
Artículo 1. Se crea el organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio y autonomía técnica, operativa y de gestión, denominado Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar, en lo sucesivo IMSS-BIENESTAR, con domicilio en Ciudad de México.
Artículo 2. El IMSS-BIENESTAR tiene por objeto brindar a las personas sin afiliación a las instituciones de seguridad social atención integral gratuita médica y hospitalaria con medicamentos y demás insumos asociados, bajo criterios de universalidad e igualdad.
Artículo 4. El IMSS-BIENESTAR tiene las siguientes atribuciones: Realizar acciones de prevención de enfermedades y promoción a la salud, así como de vigilancia epidemiológica. Realizar acciones de salud pública y otorgar asistencia médica, servicios de salud ambulatorios y hospitalarios, medicamentos y otros insumos asociados.
El IMSS-BIENESTAR se sujetará a las disposiciones de las normas oficiales mexicanas aplicables, así como a los protocolos, guías y lineamientos de atención que emitan la Secretaría de Salud y, en su caso, del IMSS.
La administración del IMSS-BIENESTAR estará a cargo de la Junta de Gobierno y la Dirección General. La Junta de Gobierno del IMSS-BIENESTAR se integrará por la persona titular del Instituto Mexicano del Seguro Social
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